Delegado de Protección de Datos


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Fundamentación

El Reglamento General de Protección de Datos (RGDP) incluye la nueva figura del Delegado de Protección de Datos o Data Protection Officer (DPO) como instrumento para el responsable y encargado de tratar los datos de carácter personal.

Así, irá convirtiéndose en parte indispensable de las entidades, organizaciones e instituciones públicas para seguir de manera sistemática y periódica los datos personales que se tratan en el entorno de una organización.

La formación en este sector es fundamental para cualquier entidad que gestione datos de carácter personal, ya que cada una de ellas necesita un profesional especializado en esta materia.

Este profesional es el responsable de que se cumpla la normativa del RGPD en cuanto a la protección de datos de las organizaciones. Es importante que este profesional cuente con nociones de Derecho en cuanto a protección de datos.

Sin embargo, en la normativa no se exige que sea jurista, sino que podrá ser cualquier persona interna o externa a la organización y que este especializada en la materia de protección de datos.

Los tipos de delegados del tratamiento y las formas en que se regulará su relación pueden ser tan variados como los tipos de servicios que puedan suponer acceso a datos personales.

Así, podemos encontrar servicios cuyo objeto principal es el tratamiento de datos personales (por ejemplo, una empresa o entidad pública que ofrece un servicio de alojamiento de información en sus servidores) y otros que tratan datos personales sólo como consecuencia de la actividad que presta por cuenta del responsable del tratamiento (por ejemplo el gestor de un servicio público municipal).

El debate y la valoración jurídica sobre el contexto normativo comunitario relativo a la protección de datos está en este momento en alza, ya que se ha producido en estos últimos tiempos un progreso común relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos.

Como veremos en este experto de delegado de protección de datos, en el año 2016 se aprobó en el Parlamento Europeo y del Consejo el RGPD, que supone una unificación de la normativa europea sobre protección de datos, adaptando la normativa a la realidad actual que los datos personales de las persona físicas, su protección y control.

Con este curso pretendemos reproducir el cambio que va a suponer este nuevo Reglamento, en el ámbito nacional, europeo e internacional, ya que entró en vigor el 25 de mayo de 2016, y el 25 de mayo de 2018 es la fecha de obligatoriedad de aplicación.

Este Reglamento General de Protección de Datos va a suponer una consolidación de un mercado único digital, permitiendo un mejor control de los datos personales y a su vez dar una mayor confianza de los consumidores.

También vamos a abordar que la diferencia más notoria que podemos percibir, es la forma de aplicación y regulación de la protección de los datos de carácter personal, ya que la anterior Directiva 95/46/CE, dejaba a cada país un margen de actuación. Por el contrario, en el Reglamento su aplicación es directa, pasando a ser normativa interna desde el momento en que entra en vigor.

En su contenido expone que el nuevo Reglamento pase a ser normativa interna en toda Europa. Por lo cual, la normativa española se tiene que ajustar al momento y adaptarse para eliminar las futuras incompatibilidades que puedan surgir.

En concreto, esta nueva Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal, cuyo proyecto fue aprobado por el Gobierno, a través del Consejo de Ministros el 10 de noviembre de 2017, cuenta con 78 artículos.

Su objetivo principal es aumentar la seguridad jurídica en nuestro Ordenamiento Jurídico, adaptar la normativa a la evolución tecnológica y a los fenómenos derivados del desarrollo de la Sociedad de la Información y de la globalización que actualmente vivimos.

Tal y como recordaremos en este curso, el derecho a la protección de datos es un derecho fundamental consagrado en el art. 18.4 de la Constitución Española de 1978 (CE).

Por ello, es necesario ese desarrollo normativo del derecho de protección de datos y la necesaria actualización legislativa, al tener actualmente una ley orgánica del 1999, que entró en vigor en el año 2000, y su reglamento del 2007.

El RGPD pretende contribuir a crear un espacio de libertad, seguridad y justicia y de una unión económica, al progreso económico y social, al refuerzo y la convergencia de las economías dentro del mercado interior, así como al bienestar de las personas físicas.

Su objetivo principal es intentar armonizar la protección de los derechos y las libertades fundamentales de las personas físicas en relación con las actividades de tratamiento de datos de carácter personal y garantizar la libre circulación de estos datos entre los Estados miembros.

Por lo tanto, la fundamentación del nuevo Reglamento, surge de la necesidad de regular los datos personales de las personas físicas debido a la rápida evolución tecnológica y la globalización, ya que han planteado nuevos retos para la protección de los datos personales.

Destacamos en este programa que el incremento de recogida y del intercambio de datos personales es una de las causas que fundamentan y dan significado a este Reglamento.

Uno de los objetivos fundamentales de este programa es que conozcas y comprendas todos los supuestos que pueden darse en el RGPD y Ley Orgánica de Protección de Datos.

Por último, veremos también como de imprescindible es la formación tecnológica que permite entender los procesos de tratamiento de datos, así como, comunicarse de forma mucho más efectiva con los departamentos que participan en el mismo.

Cuando hablamos de tratamiento de datos, nos referimos a cualquier operación o conjunto de operaciones realizadas sobre datos personales o conjuntos de datos personales.

En el experto veremos que el tratamiento de datos puede ser por procedimientos automatizados o no, como la recogida, registro, organización, estructuración, conservación, adaptación o modificación, extracción, consulta, utilización, comunicación por transmisión, difusión o cualquier otra forma de habilitación de acceso, cotejo o interconexión, limitación, supresión o destrucción.

 

Objetivos:

  • Situar en el nuevo entorno legal de la protección de datos de carácter personal.
  • Comprender la importancia de la figura del Delegado de Protección de Datos.
  • Aprender y asimilar las diferentes funciones y responsabilidades del Delegado de Protección de Datos.
  • Conocer los procedimientos y protocolos de actuación del Delegado de Protección de Datos.
  • Adquirir los conocimientos y habilidades necesarias para ejercer como Delegado de Protección de Datos.

 

Destinatarios:

Aquellas personas que desempeñen su labor en el entorno de la protección de datos de carácter personal, y deseen ampliar su formación en este sector. Igualmente, a todos aquellos titulados que deseen acceder a este nuevo mercado laboral, especializándose en esta figura legal de nueva implantación en todo el territorio europeo.

Profesionales del sector de la seguridad informática, auditores, gestores de sistemas, analistas de riesgos, consultores, abogados, etc.

 

Metodología

La modalidad en la que se imparte el programa intensivo del Delegado de Protección de Datos de 150 horas es Online, desarrollándose a través de nuestro campus virtual.

Para aprovechar al máximo esta formación, se requiere que el participante tenga un rol activo-participativo, de modo que sea protagonista de su aprendizaje.

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